Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Publicada por primera vez en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 01 de julio del 2020. Durante el sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la República, sin perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales de los que México sea parte. 

Su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Esta Ley tiene por objeto: 

I.- Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas y avisos comerciales; publicación de nombres comerciales; declaración de protección de denominaciones de origen e indicaciones geográficas; II.- Regular los secretos industriales;

III.- Prevenir los actos que atenten contra la propiedad industrial o que constituyan competencia desleal relacionada con la misma y establecer las sanciones y penas respecto de ellos; 

IV.- Promover y fomentar la actividad inventiva de aplicación industrial, las mejoras técnicas, la creatividad para el diseño y la presentación de productos nuevos y útiles, y 

V.- Promover la difusión de los conocimientos tecnológicos en el país.



Puedes ver o descargar este documento en PDF en el siguiente enlace:

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPI_010720.pdf