¿TLV, TWA o VLE?: Limites de exposición ocupacional

Los valores limites de exposición (VLE) de sustancias o agentes químicos en el centro de trabajo de acuerdo a la NOM-010-STPS-2014 "Es la concentración de referencia de un agente químico contaminante del ambiente laboral en el aire, que puede ser ponderado en tiempo, corto tiempo o pico. Se expresa en miligramos por metro cúbico (mg/m3) o fibras por centímetro cubico (f/cm3), en condiciones actuales del muestreo, y en partes por millón (ppm), bajo condiciones normales de temperatura y presión."

Son los limites reglamentarios en los cuales un trabajador puede estar expuesto a un agente que se transporta a través del aire, durante su jornada laboral de 8 horas sin tener repercusiones en su salud a corto, mediano o largo plazo.

Estos valores están diseñados principalmente para su uso en el área industrial, implementado por departamentos como salud e higiene, seguridad o ambiental. Con la finalidad de preservar la vida y la salud de las y los trabajadores.

En México la institución que establece estos valores es la Secretaria del Trabajo y Previsión Social a través de la NOM-010-STPS-2014, Agentes químicos contaminantes del ambiente laboral-Reconocimiento, evaluación y control.

La cual utiliza los siguientes valores de referencia de exposición al personal:

Valor límite de exposición de corto tiempo (VLE-CT): Es la concentración máxima de un agente químico contaminante del ambiente laboral, a la cual los trabajadores pueden estar expuestos de manera continua durante un periodo máximo de quince minutos, con intervalos de al menos una hora de no exposición entre cada periodo de exposición y un máximo de cuatro exposiciones en una jornada de trabajo de ocho horas diarias, y que no sobrepasa el valor límite de exposición promedio ponderado en tiempo.

Valor límite de exposición pico (VLE-P): Es la concentración de un agente químico contaminante del ambiente laboral que no debe rebasarse en ningún momento durante la jornada de trabajo.

Valor límite de exposición promedio ponderado en tiempo (VLE-PPT): La concentración máxima promedio ponderada en el tiempo de un agente químico contaminante del ambiente laboral, a la que la mayoría de los trabajadores expuestos, durante una jornada de ocho horas diarias y una semana laboral de cuarenta horas, no reportan daños a su salud.


Existen diferentes entidades que regulan los valores de referencia ambiental, y cada país implementa sus propios valores de referencia o implementa las de EE.UU., la cual sirven de referencia a nivel internacional y no solo en el ámbito ambiental.

En estados unidos encontramos 3 instituciones que regulan estos valores, la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (Occupational Safety and Health Administration) (OSHA), el Instituto Nacional para la Seguridad y Salud Ocupacional (National Institute for Occupational Safety and Health) (NIOSH) y la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (American Conference of Governmental Industrial Hygienists) (ACGIH).

Sin embargo para fines legales solo se utiliza los de OSHA.

La Occupational Safety and Health Administration propone los valores con el nombre de Límites de exposición permisibles (Permissible Exposure Limits) (PEL/LEP) integrados en el Título 29 del Código de Reglamentaciones Federales de USA, Parte 1910.1000. La cual en lista 585 sustancias.

Al igual que la norma mexicana contiene dos referencias limitantes (principalmente):

El Promedio ponderado en el tiempo (Time-Weighted Average) (TWA), como la concentración promedio ponderada para 8 horas, la cual no deberá ser superada en ninguna jornada de trabajo. Para semanas laborales de 40 horas.

El Límite de exposición a corto plazo (Short-Term Exposure Limit) (STEL), definidos como concentración promediada para períodos de 15 minutos que no debe superarse en ningún momento de la jornada de trabajo.


La lista de valores de la National Institute for Occupational Safety and Health titulada Límites de exposición recomendados (Recommended Exposure Limits) (REL/LER), consta de aproximadamente 339 valores incluidos, sin establecer las 13 sustancias químicas identificadas como cancerígenas ocupacionalmente potenciales. Recordemos que la NIOSH solo emite recomendaciones, legalmente no tienen valor alguno.

Estos valores se dividen en dos tipos limitantes:

El Promedio ponderado en el tiempo (Time-Weighted Average) (TWA), definidos como valores de exposición promediados durante períodos de hasta 10 horas, si no se indica otra duración.

El Tope o Pico (Ceiling), definidos como los valores de exposición máxima, en períodos de 15 minutos o menos.

Esta lista a pesar de ser más reducida que la establecida por la OSHA, incluye notaciones específicas para substancias cancerígenas y substancias con capacidad de absorción dérmica.


Por último la American Conference of Governmental Industrial Hygienists publica anualmente su listado de Valores límite de umbral (Threshold Limit Values) (TLV / VLU), de agentes físicos, químicos y añade un Indice de Exposición biológico (Biological Exposure Indices). Estos valores de referencia son publicados y difundidos unicamente para su uso industrial y también especifica en una serie de casos en el que no debe de utilizarse.

Valor Límite de Umbral / Promedio Ponderado en el Tiempo (Threshold Limit Value, Time-Weighted Average) (TLV -TWA), es el valor a la que el personal ocupacionalmente expuesto puede estar laborando en una jornada normal de 8 horas y 40 horas semanales, sin sufrir efectos adversos.

Valor Límite de Umbral de Tope / Pico (Threshold Limit Value Ceiling) (TLV-C), es la concentración que no debería ser sobrepasada en ningún momento. La práctica habitual de la higiene admite para su valoración muestreos de 15 minutos excepto para aquellos casos de sustancias que puedan causar irritación inmediata con exposiciones muy cortas.

Valor Límite de Umbral - Límite de exposición a plazo (Threshold Limit Value - Short-Term Exposure Limit) (TLV-STEL), es la concentración a la que pueden estar expuestos los trabajadores durante un corto periodo de tiempo sin sufrir irritación, daño a corto, mediano o largo plazo (crónico) o irreversible. No es un límite de exposición separado e independiente, sino un complemento de la media ponderada en el tiempo (TWA). Las exposiciones por encima del TLV-TWA hasta el valor STEL no deben tener una duración superior a 15 minutos ni repetirse más de cuatro veces al día (en una jornada de 8 horas). Debe haber por lo menos un período de 60 minutos entre exposiciones sucesivas de este rango. Puede recomendarse un período de exposición distinto de los 15 minutos cuando ello está avalado por efectos biológicos observados. El número de sustancias con valor STEL asignado ha ido disminuyendo en las últimas ediciones, con lo que el campo de aplicación de este tipo de TLV es cada vez más reducido.


Al igual que la NIOSH la ACGIH cuenta con un apartado de observaciones de sustancias que pueden ingresar al organismo por la vía dérmica (piel, mucosas y ojos), las podemos identificar con el señalamiento (skin), ante la cual debemos tomar las medidas necesarias para evitar su contacto con la dermis y reforzar las medidas preventivas.

Las sustancias que pueden producir algún tipo de cáncer a las y los trabajadores la encontramos clasificadas en dos grupos: A1 y A2. El grupo A1 incluye las sustancias que científicamente se ha comprobado que produce cáncer en el ser humano, mientras que en el grupo A2 esta incluye a todos los agentes de los cuales se tiene sospecha ser cancerígenas para el ser humano.

Publicado por MEd. Julio Benítez, agosto 2022.