Formato DC-5: Solicitud de Registro de Agente Capacitador Externo

La autorización y registro como Agente Capacitador Externo se otorga a aquellas personas morales y físicas que han acreditado el cumplimiento de los requisitos correspondientes, con el único propósito de que brinden apoyo a las empresas en el desarrollo de las acciones de capacitación a sus trabajadores. 

Para ello, los únicos documentos que podrán expedir son las constancias de competencias o de habilidades laborales, a los trabajadores que hayan aprobado los cursos de capacitación o, en su caso, los exámenes de suficiencia, cuando se nieguen a recibir capacitación. 

La calidad de los servicios será responsabilidad de los agentes capacitadores externos. En ningún caso, la Secretaría otorgará valor curricular o académico a los programas o cursos de capacitación o reconocerá los planes y programas de estudio promovidos y ejecutados por los agentes capacitadores, cuya aprobación sea competencia de las autoridades en materia de educación.

Los Agentes Capacitadores Externos deberán solicitar su autorización y registro ante la Secretaría, así como el registro de los programas y cursos de capacitación que deseen impartir de conformidad con lo siguiente: 

I.     Cuando se trate de instituciones, escuelas u organismos especializados de capacitación deberán presentar el Formato DC-5 "Solicitud de Registro de Agente Capacitador Externo", según modelo anexo y acompañar la siguiente documentación: 

Para ambos casos el agente capacitador externo deberá integrar la plantilla de sus instructores contratados para tal fin, cuyos datos serán anotados en el formato DC-5 "Solicitud de Registro de Agente Capacitador Externo". Esta información será incluida en el registro correspondiente que lleva la Secretaría. 

Será responsabilidad de la entidad instructora establecer los mecanismos de acreditación de la plantilla de capacitación que registra, recomendándose que sean considerados por lo menos los requisitos que se establecen para el registro de los instructores independientes. 

Si en la plantilla desean incorporar instructores extranjeros residentes en México, deberán presentar a la entidad instructora los documentos que acrediten su legal estancia en el país para realizar esta actividad, conforme a la normatividad en materia de migración; y deberán contar con su registro federal de contribuyentes expedido por la autoridad competente.   

II.     Cuando se trate de instructores independientes, deberán presentar el formato DC-5 "Solicitud de Registro de Agente Capacitador Externo", según modelo anexo y la siguiente documentación: 

En el caso de que el solicitante requiera espacio adicional en el formato DC-5 "Solicitud de Registro de Agente Capacitador Externo" para registrar sus programas o cursos, podrá reproducir únicamente el apartado de programas o cursos que registra, indicando el número de hoja y manteniendo la estructura correspondiente del formato.

De manera adicional, los Agentes Capacitadores Externos podrán solicitar a la Secretaría mediante la presentación del formato DC-5 "Solicitud de Registro de Agente Capacitador Externo", según modelo anexo: 

En este caso, cuando la solicitud se presente de forma personal y se encuentre debidamente requisitada, se notificará el mismo día, entregando el acuse con el número de folio que corresponda. Si la solicitud fue presentada por correo certificado o servicio de mensajería, la notificación respectiva se hará al día hábil siguiente de su recepción, de conformidad con lo establecido en el artículo 27, segundo párrafo del presente Acuerdo. 

Se considerará autorizada la solicitud, si la Secretaría no emite objeción en un plazo de cinco días hábiles posteriores a la fecha de notificación.




Puedes ver o descargar este documento en los siguientes enlaces:

1) https://drive.google.com/file/d/1SotwjUXUCwTeixFe47wInVN-_WlxoWQx/view

2) https://www.stps.gob.mx/bp/STPS_Formato_DC_5.pdf

Publicado por MEd. Julio Benítez

FORMATO DC-5.docx