Con base en la Memoria Estadística del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), se analiza la evolución de las Incapacidades Permanentes ocasionadas por Enfermedades de Trabajo, conforme a la definición del Artículo 475 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que la enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa cuyo origen o motivo se encuentra en el trabajo o en el medio en que el trabajador presta sus servicios. Este apartado se enfoca exclusivamente en las secuelas permanentes derivadas de padecimientos laborales, excluyendo accidentes de trabajo y accidentes en trayecto.
Comportamiento general
En el periodo 2006–2024, las Incapacidades Permanentes por Enfermedades de Trabajo presentan una tendencia ascendente sostenida, aunque menos acelerada que la observada en trayecto, pero claramente estructural. Los registros pasan de 5,585 casos en 2006 a 11,875 en 2024, lo que representa un incremento absoluto de +6,290 incapacidades permanentes, equivalente a un crecimiento acumulado de +112.7%. Este comportamiento confirma que las enfermedades laborales no solo persisten, sino que generan una carga creciente de pérdida permanente de la capacidad de trabajo.
Evolución por etapas
Etapa inicial de estabilidad relativa (2006–2009).
En 2006 se registran 5,585 incapacidades permanentes derivadas de enfermedades de trabajo. En los años siguientes, los valores se mantienen relativamente estables, con 5,360 en 2007 y 5,960 en 2009. En esta fase, las enfermedades representan un componente importante pero controlado dentro del total de incapacidades permanentes.
Crecimiento gradual (2010–2014).
A partir de 2010, se observa un incremento progresivo. Los casos aumentan a 6,851 en 2010, 6,570 en 2012 y 6,010 en 2014. Aunque el crecimiento es moderado, la tendencia confirma una acumulación constante de secuelas permanentes derivadas de exposiciones crónicas.
Aceleración y consolidación (2015–2019).
Entre 2015 y 2019, el crecimiento se vuelve más evidente. Las incapacidades permanentes por enfermedad pasan de 10,376 en 2015 a 9,787 en 2016, 10,208 en 2017, 11,229 en 2018 y 10,208 en 2019. En este periodo se consolida a la enfermedad de trabajo como un origen estructural del daño permanente, asociado principalmente a trastornos musculoesqueléticos crónicos, enfermedades respiratorias, dermatológicas y neurosensoriales.
Comportamiento reciente y máximo histórico (2020–2024).
En 2020, el registro se mantiene elevado con 10,834 casos, sin presentar el quiebre observado en otros componentes. Posteriormente, la tendencia continúa al alza: 11,757 en 2021, 10,204 en 2022, 9,669 en 2023 y 11,875 en 2024, alcanzando el máximo histórico de toda la serie. El incremento de 2023 a 2024 es de +2,206 casos (+22.8%), lo que confirma una reaceleración reciente del daño permanente por enfermedad laboral.
Interpretación de la tendencia
La evolución de las incapacidades permanentes por enfermedades de trabajo refleja el carácter acumulativo y progresivo de los riesgos laborales crónicos. A diferencia de los accidentes, donde la incapacidad deriva de un evento súbito, en las enfermedades de trabajo la incapacidad permanente es el resultado de exposiciones prolongadas, diagnóstico tardío y evolución clínica de largo plazo.
El crecimiento sostenido indica que, aun cuando la incidencia anual de enfermedades pueda parecer baja frente a los accidentes, su impacto final en términos de incapacidad permanente es cada vez mayor, evidenciando deficiencias en la detección temprana, el control de exposiciones y la intervención preventiva oportuna.
Conclusión
El análisis de tendencias de las Incapacidades Permanentes derivadas de Enfermedades de Trabajo con base en la Memoria Estadística del IMSS para 2006–2024 evidencia un incremento superior al 110%, pasando de 5,585 a 11,875 casos, y alcanzando su máximo histórico en 2024. Este comportamiento confirma que las enfermedades laborales constituyen un componente crítico y creciente del daño permanente asociado al trabajo.
La evidencia numérica respalda la necesidad de fortalecer de manera prioritaria la prevención primaria y secundaria de enfermedades de trabajo, el control de exposiciones, la vigilancia de la salud y el diagnóstico oportuno, ya que la reducción del daño laboral no puede lograrse únicamente mediante el control de accidentes, sino mediante la prevención efectiva de los padecimientos crónicos que derivan en incapacidad permanente.
Publicado por: Dr. Julio C. Benítez Domínguez, febrero 2026
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