La ventilación en oficinas es un aspecto fundamental de la seguridad y salud ocupacional, ya que determina la calidad del aire que respiran los trabajadores, influye en su confort térmico, en la prevención de enfermedades respiratorias y en la productividad. El aire interior puede acumular contaminantes químicos (compuestos orgánicos volátiles, ozono de impresoras, formaldehído de muebles), biológicos (virus, bacterias, mohos) y físicos (polvo, dióxido de carbono), que sin un adecuado sistema de renovación y filtración representan un riesgo significativo. Por ello, distintos marcos normativos en México y a nivel internacional establecen criterios específicos para asegurar condiciones mínimas de ventilación en espacios cerrados como oficinas.
En México, la referencia principal es la NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo – Condiciones de seguridad e higiene. Esta norma establece que cuando se utilicen sistemas de ventilación artificial, se deben garantizar al menos cinco cambios de aire por hora (ACH) en oficinas y áreas similares. Esto significa que el volumen de aire del recinto debe renovarse cinco veces en una hora, lo que en la práctica equivale a aproximadamente 15 a 20 litros por segundo por persona, dependiendo del tamaño de la oficina y la cantidad de ocupantes. Además, fija parámetros de confort como mantener una humedad relativa entre 20% y 60%, una temperatura de 22 °C ± 2 °C en clima frío o 24.5 °C ± 1.5 °C en clima cálido, y limitar la velocidad del aire a 0.15 m/s en climas fríos y 0.25 m/s en climas cálidos. Asimismo, exige que el aire extraído no contamine otras áreas del centro de trabajo y que se realice un programa de mantenimiento preventivo anual documentado.
En contraste, los estándares internacionales suelen basarse en la cantidad de aire fresco que se suministra por persona y en el control de contaminantes específicos. La ASHRAE 62.1 (Estados Unidos) establece valores mínimos de ventilación de 15 a 20 CFM/persona (7–10 L/s/persona) para oficinas, y fija un límite máximo de 1000 ppm de dióxido de carbono (CO₂) en interiores. La ASHRAE 55 complementa estos criterios con rangos de confort térmico y humedad. En Europa, tanto la ISO 17772-1:2017 como la EN 16798-1:2019 definen categorías de calidad del aire interior: desde Categoría I (12.5 L/s/persona), considerada excelente, hasta Categoría IV (2.5 L/s/persona), mínima y poco recomendable. Estas normas están alineadas y forman parte de la estrategia europea de eficiencia energética en edificios. Por su parte, la OMS recomienda mantener la concentración de CO₂ por debajo de 1000 ppm, así como reducir contaminantes como formaldehído y partículas finas PM2.5, priorizando siempre la ventilación natural o la incorporación de aire exterior en sistemas mecánicos. Finalmente, certificaciones de alto nivel como el WELL Building Standard elevan los requisitos, estableciendo al menos 10 L/s/persona, filtración con filtros MERV 13 y concentraciones de CO₂ menores a 800 ppm, con un enfoque de bienestar integral del ocupante.
Comparando estos criterios, se observa que la NOM mexicana ofrece un marco de referencia general, útil para garantizar un mínimo de seguridad e higiene, pero carece de parámetros relacionados con contaminantes específicos y concentración de CO₂, que sí contemplan ASHRAE, ISO/EN, la OMS y WELL. En oficinas pequeñas, los 5 cambios de aire por hora suelen ser suficientes y hasta más estrictos que ASHRAE, pero en oficinas grandes con baja densidad de ocupación puede resultar menos eficiente que calcular la ventilación con base en la cantidad de personas. Por ello, en proyectos de diseño y en auditorías de seguridad conviene utilizar la NOM-001 como requisito legal mínimo, pero complementarla con estándares internacionales que permiten un control más preciso de la calidad del aire interior.
La importancia de aplicar estos criterios no es solo normativa, sino también de salud pública y eficiencia empresarial. Una ventilación adecuada reduce el riesgo de transmisión de enfermedades respiratorias —incluyendo influenza y COVID-19—, mejora la oxigenación y la concentración de los trabajadores, disminuye dolores de cabeza y fatiga, y se traduce en mayor productividad. Además, la inversión en sistemas de ventilación modernos con filtración de alta eficiencia no solo cumple con la normativa mexicana e internacional, sino que contribuye al bienestar, la sustentabilidad energética y la reputación de las empresas comprometidas con la salud de sus empleados.
La NOM-001-STPS-2008 usa un criterio más general: exige 5 cambios de aire por hora, lo cual depende del volumen del local. Esto puede ser más exigente que ASHRAE si la oficina es grande y con pocos ocupantes.
ASHRAE, ISO y EN usan un criterio por persona, más ligado a la ocupación que al volumen
La OMS y WELL ponen más énfasis en contaminantes específicos y concentración de CO₂.
México se queda un poco atrás en especificar límites de CO₂ y contaminantes químicos, que sí aparecen en los estándares internacionales.