Permisos de paternidad podrán ser hasta de 15 días hábiles

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La paternidad en México desde hace décadas se ha cuestionado el sentido tradicional con el que se concibe la paternidad, la cual poco a poco se le ha dando más importancia a una paternidad responsable y activa. Estamos observando un cambio de una figura paterna centrada en la exclusividad de sus contribuciones económicas y el ejercicio vertical de la autoridad, se está transitando a una concepción de la paternidad que enfatiza las relaciones basadas en el afecto y en la cercanía que los hombres puedan establecer con sus hijos e hijas. Este tránsito, sin embargo, ocurre lentamente y enfrenta diversas resistencias culturales, psicológicas y sociales, que hasta ahora han dificultado su avance.

Para ellos era necesario reformar leyes y normas establecidas en México, que impedían realizar una paternidad y cuidado de su hijo y pareja en el durante el parto y pos parto, que a su vez no afectara el aspecto laboral de los hombres. Ya que el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que "El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia."

En el año 2006 se promulgo la Ley General para la Igualdad entre mujeres y hombres, siendo esta, el marco rector en la Política Nacional de igualdad de género, tiene por objeto regular y garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado.

En sus inicios, la licencia por paternidad tuvo sus orígenes en el Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo, en Suecia fue el primer país en adoptarlo en 1974. 38 años después en México el 30 de noviembre de 2012 en la reforma laboral de la Ley Federal del Trabajo que se estableció en el artículo 132 fracción XXVII Bis. que se deberá "otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante."

Posteriormente el 29 de septiembre del 2021, el Diario Oficial de la Federación publica el acuerdo mediante el cual se aprueba la modificación del permiso de paternidad, previsto tanto en los Lineamientos en materia de Recursos Humanos, Servicio Profesional y Personal de Libre Designación del INAI como en el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Extendiendo asi de 5 a 15 días hábiles la licencia de paternidad. La cual entro en vigor el día siguiente de su publicación en todo el territorio mexicano.

Recuerda que en caso de que el derecho a la licencia de paternidad te sea negado, llama a PROFEDET a los números 01 800 911 78 77 y 01 800 717 29 42 en toda la República, y en la Zona Metropolitana al 51 34 98 00 en un horario de las 8:00 a las 20:00 horas, en donde te brindaran orientación laboral gratuita

Publicado por MEd. Julio Benítez, junio 2022