El Anexo Informativo C de la norma NFPA 70E proporciona una guía esencial sobre los límites de aproximación a conductores o partes de circuitos eléctricos energizados. Aunque no forma parte de los requerimientos obligatorios de la norma, este anexo tiene un propósito preventivo y educativo. Su objetivo es reforzar la comprensión de las distancias seguras que deben mantenerse para evitar accidentes eléctricos, recordando que mientras menor sea la distancia entre el trabajador y una fuente energizada, mayor será el riesgo de sufrir un choque o un arco eléctrico.
Las personas no calificadas tienen restricciones claras respecto a su acercamiento a sistemas eléctricos energizados. Estas deben mantener una distancia suficiente no solo considerando su posición, sino también la longitud de los objetos metálicos que manipulen. Dicha distancia marca la frontera límite de aproximación. Además, bajo ninguna circunstancia deben cruzar la frontera restringida, salvo que estén acompañadas por una persona calificada y utilicen el equipo de protección personal (EPP) adecuado para protegerse del riesgo de relámpago de arco o descarga eléctrica.
Por otro lado, las personas calificadas tienen responsabilidades adicionales al momento de aproximarse a zonas energizadas. Antes de cruzar la frontera de relámpago de arco, deben determinar su ubicación y utilizar el EPP resistente al arco correspondiente. Asimismo, para ingresar en el espacio limitado, deben estar debidamente capacitadas, tener autorización para trabajar en condiciones energizadas, emplear herramientas aisladas y minimizar la exposición corporal directa a las partes activas. Estas medidas son vitales para reducir la probabilidad de contacto accidental y garantizar que el trabajo eléctrico se realice bajo condiciones controladas y seguras.
El documento también presenta las bases técnicas de las distancias mínimas de aislamiento de aire necesarias para evitar arcos eléctricos. Estas distancias, expresadas en milímetros y metros según el nivel de tensión, están sustentadas en las normas IEEE 4 e IEEE 516. Por ejemplo, para tensiones menores o iguales a 300 V, el aislamiento requerido es de apenas 1 mm, mientras que para sistemas de 800 kV, la distancia mínima asciende a más de 4 metros. Estos valores son el resultado de rigurosas pruebas de alta tensión y reflejan la importancia de mantener márgenes de seguridad proporcionales al riesgo energético.
La NFPA 70E también considera factores humanos en sus cálculos, como el movimiento involuntario. Se añade una distancia adicional de seguridad, generalmente de 304.8 mm (equivalente a un pie), para compensar posibles desplazamientos del trabajador durante la operación. Esta medida, avalada por el Código Nacional de Seguridad Eléctrica ANSI/IEEE C2, ha demostrado ser efectiva para prevenir accidentes tanto en el sector de comunicaciones como en el de suministro eléctrico.
Finalmente, este anexo refuerza que la seguridad eléctrica no depende solo de la distancia física, sino también de la capacitación, la disciplina y la correcta aplicación de los procedimientos. Cada frontera de aproximación —ya sea límite, restringida o de relámpago de arco— representa una barrera invisible que solo debe cruzarse bajo las condiciones establecidas por la norma. La observancia de estos límites es un principio fundamental de la seguridad eléctrica, que protege tanto la integridad del trabajador como la continuidad de las operaciones industriales y de mantenimiento.
Las distancias básicas mínimas de aislamiento de aire que se requieren para evitar el arco son las siguientes:
(1) ≤ 300 V: 1 mm (0 pies 0.03 pulg.)
(2) >300 V a ≤ 750 V: 2 mm (0 pies 0.07 pulg.)
(3) >750 V a ≤ 2 kV: 5 mm (0 pies 0.19 pulg.)
(4) >2 kV a ≤ 15 kV: 39 mm (0 pies 1.5 pulg.) (5) >15 kV a ≤ 36 kV: 161 mm (0 pies 6.3 pulg.)
(6) >36 kV a ≤ 48.3 kV: 254 mm (0 pies 10.0 pulg.)
(7) >48.3 kV a ≤ 72.5 kV: 381 mm (1 pies 3.0 pulg.)
(8) >72.5 kV a ≤ 121 kV: 640 mm (2 pies 1.2 pulg.)
(9) >138 kV a ≤ 145 kV: 778 mm (2 pies 6.6 pulg.)
(10) >161 kV a ≤ 169 kV: 915 mm (3 pies 0.0 pulg.)
(11) >230 kV a ≤ 242 kV: 1.281 m (4 pies 2.4 pulg.)
(12) >345 kV a ≤ 362 kV: 2.282 m (7 pies 5.8 pulg.)
(13) >500 kV a ≤ 550 kV: 3.112 m (10 pies 2.5 pulg.)
(14) >765 kV a ≤ 800 kV: 4.225 m (13 pies 10.3 pulg.)