El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es el organismo encargado de brindar seguridad social a los trabajadores en México. Dentro de sus funciones, una de las más relevantes es garantizar la cobertura de riesgos derivados de accidentes y enfermedades laborales. Para ello, cuando un patrón no cumple con sus obligaciones en materia de afiliación o pago de cuotas, el IMSS tiene la facultad de determinar los llamados Capitales Constitutivos, los cuales representan el costo de los servicios médicos, prestaciones económicas y otras erogaciones que el Instituto debe cubrir en caso de un siniestro laboral.
Los capitales constitutivos son montos que el IMSS cobra a los patrones cuando, debido a su omisión o falta de cumplimiento en la afiliación o pago de cuotas, el Instituto se ve obligado a proporcionar prestaciones en especie o en dinero a un trabajador afectado por un accidente de trabajo o una enfermedad de trabajo.
En términos generales, los capitales constitutivos se generan cuando:
Un trabajador sufre un accidente laboral o enfermedad profesional y el patrón no lo tiene registrado ante el IMSS.
Se demuestra que el patrón reportó un salario menor al real del trabajador, lo que afecta el cálculo de sus prestaciones.
Se declara que el trabajador no está afiliado al régimen obligatorio de seguridad social y el IMSS cubre los gastos médicos, de incapacidad o pensión.
El Artículo 79 de la Ley del Seguro Social establece que el IMSS puede determinar los capitales constitutivos e iniciar un procedimiento de cobro contra el empleador responsable.
Los capitales constitutivos se imponen en los siguientes escenarios relacionados con accidentes y enfermedades de trabajo:
2.1. Omisión en la Afiliación al IMSS
Si un patrón no inscribe a un trabajador en el Seguro Social y este sufre un accidente laboral o es diagnosticado con una enfermedad de trabajo, el IMSS está obligado a otorgarle atención médica, pago de incapacidades, rehabilitación o pensión, lo que genera un costo que el Instituto reclamará al patrón mediante el capital constitutivo.
2.2. Registro de Salarios Inferiores a los Reales
El IMSS determina el monto de las prestaciones y pensiones en función del Salario Base de Cotización (SBC). Si un empleador reporta un salario inferior al que realmente percibe el trabajador y este sufre un accidente o enfermedad laboral, el Instituto ajustará los beneficios del trabajador con base en el salario real y cobrará la diferencia al patrón mediante un capital constitutivo.
2.3. Accidente de Trabajo sin Pago de Cuotas Correspondientes
Si el patrón no ha pagado las cuotas obrero-patronales correspondientes al Seguro de Riesgos de Trabajo y un trabajador sufre un accidente, el IMSS se hace cargo de los costos médicos y prestaciones, pero cobrará al empleador mediante un capital constitutivo.
2.4. Determinación de Enfermedades Profesionales
Cuando un trabajador desarrolla una enfermedad profesional y no fue correctamente registrado en el IMSS, el Instituto puede asumir los costos de tratamiento, rehabilitación y, en su caso, pensión por incapacidad, los cuales serán cobrados al empleador mediante el capital constitutivo.
De acuerdo con el Artículo 79 de la Ley del Seguro Social, los capitales constitutivos incluyen los siguientes conceptos:
Asistencia médica, quirúrgica, hospitalaria y farmacéutica: Todos los gastos médicos generados por la atención del trabajador.
Aparatos de prótesis y ortopedia: En caso de que el trabajador requiera dispositivos médicos permanentes o temporales.
Rehabilitación: Cubre terapias de recuperación funcional en caso de que el trabajador lo necesite.
Subsidios por incapacidad temporal: Pago de incapacidades durante el periodo de recuperación.
Indemnización por incapacidad parcial o total: Si el trabajador queda con una discapacidad permanente, se le otorga una indemnización.
Pensión de incapacidad o invalidez: En caso de que el trabajador no pueda reincorporarse a su labor por secuelas permanentes.
Pensión por muerte y gastos funerarios: Si el trabajador fallece a causa del accidente o enfermedad laboral, se otorgan beneficios a sus beneficiarios.
Gastos administrativos del IMSS: El Instituto cobra un porcentaje adicional por la gestión y operación del caso.
El IMSS realiza la determinación del capital constitutivo a través del siguiente procedimiento:
Investigación del Caso
Se analiza si el trabajador estaba registrado en el IMSS al momento del accidente o diagnóstico de la enfermedad laboral.
Se revisa el salario reportado en comparación con el real.
Se evalúa si el patrón ha cumplido con el pago de cuotas de Riesgos de Trabajo.
Cálculo del Capital Constitutivo
El IMSS cuantifica todos los costos generados por la atención del trabajador, incluyendo prestaciones en especie y en dinero.
Se suman los gastos administrativos correspondientes.
Notificación al Patrón
Se emite una resolución oficial donde se detalla el monto total a pagar.
El empleador puede presentar pruebas o interponer un recurso de inconformidad.
Cobro del Capital Constitutivo
Si el patrón no paga de manera voluntaria, el IMSS puede proceder al cobro mediante un crédito fiscal, embargar bienes o cuentas bancarias.
Los capitales constitutivos representan un riesgo financiero importante para los empleadores que incumplen con sus obligaciones de seguridad social. Algunas consecuencias incluyen:
Altos costos económicos: El monto del capital constitutivo puede ser significativamente mayor que las cuotas que el patrón habría pagado de forma regular.
Embargo de bienes y cuentas bancarias: El IMSS puede ejecutar el cobro mediante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Sanciones adicionales: En casos graves, el patrón puede enfrentar multas impuestas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Daño reputacional: Empresas con antecedentes de omisión pueden perder contratos o ser sancionadas en auditorías laborales.
Los capitales constitutivos son una herramienta del IMSS para garantizar que los trabajadores reciban la protección adecuada en caso de accidentes o enfermedades laborales, especialmente cuando los empleadores han incumplido con su obligación de afiliación o pago de cuotas.
Para evitar estos costos adicionales y posibles sanciones, es fundamental que los patrones:
Afilien a sus trabajadores desde el primer día de labores.
Reporten correctamente los salarios.
Cumplan con el pago de cuotas de seguridad social.
El cumplimiento de estas obligaciones no solo protege a los trabajadores, sino que también evita gastos inesperados y conflictos legales para las empresas.